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22/10/2023 07:00

Todo lo que hay que saber sobre las elecciones

Es habitual que en vísperas de las jornadas electorales, surjan dudas referidas a los comicios, cómo cuáles son los documentos válidos, que pasa si no se acude a votar, cómo se justifican las ausencias y otras inquietudes. Te contamos estos y otros detalles que son regulados por la Dirección Nacional Electoral.
¿El voto es obligatorio?

En Argentina el voto es obligatorio para todos los electores. Son electores las argentinas y argentinos nativos y por opción, desde los 16 años y las argentinas y argentinos naturalizados, desde los 18 años que no se encuentren legalmente inhabilitados. Están habilitados para votar aquellos electores incluidos en el padrón electoral.

¿Es obligatorio el voto para las personas que tienen 16 o 17 años?

Sí, el voto es obligatorio para todos los electores. Sin embargo, si tenés entre 16 y 17 años, hiciste la actualización obligatoria de tus datos identificatorios luego de cumplir tus 14 años y no vas a votar, no vas a formar parte del Registro Nacional de Infractores.

¿Con qué documento puedo votar?

Se vota con el documento cívico que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo. Si concurrís a votar con un documento anterior al que consta en el padrón no podrás votar.
El DNI en el celular no es válido para votar.

¿Puedo votar con una constancia de DNI en trámite?

No. No se considera probatorio de la identidad ningún comprobante de documento en trámite.

¿Qué penalidades tengo si no voto?

Si sos mayor de 18 años y menor de 70, y no podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitiste tu voto, te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.

Además, no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

Si no pudiste ir a votar, para no formar parte del Registro de Infractores, debés justificar tu ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda, dentro de los 60 días posteriores a las elecciones.

Si no voté en las P.A.S.O, ¿puedo votar en las generales?

Sí. Si figurás en el padrón electoral y no votaste en las P.A.S.O, tenés el derecho y la obligación de realizarlo en las elecciones generales del 22 de octubre.

¿En qué casos estoy exceptuada o exceptuado de asistir a votar?

-Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
-Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
-Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
-Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

¿Pueden votar las personas que se encuentren privadas de su libertad?

Sí, el Código Electoral Nacional reconoce el derecho a votar a las personas procesadas que se encuentren cumpliendo prisión preventiva.

Si la persona procesada está detenida en un distrito electoral diferente al que le corresponde por su domicilio registrado, votará en el establecimiento donde se encuentra alojada y el voto se computará para el distrito donde está empadronada.

Para poder votar las personas procesadas que estén cumpliendo detención deben estar incluidas en el Registro de Electores Privados de Libertad, que es elaborado por la Cámara Nacional Electoral.

Las electoras y electores sólo pueden votar en la mesa receptora de votos donde figuran.

Si aún no sabés donde votar, podés consultar el padrón aquí.


 
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